¿Qué se vota el día 15 de febrero en Venezuela?
La actual Constitución venezolana limita la elección del cargo de gobernadores, alcaldes y presidente a dos legislaturas, y los parlamentarios de cada estado y nacionales a tres. Los venezolanos y venezolanas están convocados a votar SI o NO a una enmienda constitucional que elimina esa limitación. La pregunta a la que responderán, efectivamente algo retórica y enrevesada es esta:
¿Aprueba usted la enmienda de los artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución de la República tramitada por la Asamblea Nacional, que amplía los derechos políticos del pueblo, con el fin de permitir que cualquier ciudadano o ciudadana, en ejercicio de un cargo de elección popular, pueda ser sujeto de postulación como candidato o candidata para el mismo cargo por el tiempo establecido constitucionalmente, dependiendo su posible elección exclusivamente del voto popular?
¿La aprobación de la enmienda supondría la reelección indefinida del presidente Hugo Chávez?
En primer lugar, como se puede comprobar, los cambios afectan a varios cargos no sólo al del presidente. La aprobación de la enmienda no supone reelección alguna, sólo la opción a presentarse.
¿Con qué base legal se propone ese referéndum?
La convocatoria del referéndum se fundamenta en el Capítulo I del Título IX de la actual Constitución referente a las enmiendas y de la reforma constitucional. Según su artículo 340 “la enmienda tiene por objeto la adición o modificación de uno o varios artículos de esta Constitución, sin alterar su estructura fundamental”. Según el artículo siguiente, el 341, la iniciativa podrá partir del quince por ciento de los ciudadanos o de un treinta por ciento de los integrantes de la Asamblea Nacional y deberá ser aprobada por la mayoría de la Asamblea. En este caso seis millones de venezolanos expresaron su apoyo en la campaña de recogida de firmas, el 87’95 % de los miembros de la Asamblea firmaron la iniciativa y fue apoyada finalmente por el 92’13 %.
¿No se votó ya eso mismo en el referéndum para la reforma Constitucional que se celebró en diciembre de 2007 y que no salió aprobado?
Lo que se votó entonces fue una reforma constitucional conforme se establece en otro Capítulo y artículo diferente, el 342, que establece que “la reforma constitucional tiene por objeto una revisión parcial de esta Constitución”. Afectaba a 69 artículos, entre los que se incluía el referente a los límites de mandatos presidenciales, pero no al resto de cargos y, en cambio, reformaba muchas otras cuestiones.
¿Pero no resulta ilógico volver a consultar sobre algo que ya se hizo hace dos años?
Son dos iniciativas de consulta popular diferentes de las tantas que existen en la Constitución venezolana, que por supuesto no son incompatibles. Del mismo modo que no se consideró ilógico en el año 2004 convocar un referéndum revocatorio para decidir si el presidente debía dejar su mandato a pesar de haber sido elegido dos años antes.
Pero muchos medios y analistas dicen que ese referéndum acercará a Venezuela a una dictadura
La aprobación de la enmienda solamente supondrá que todos los ciudadanos se pueden presentar a los cargos y que no invalidará a ningún venezolano por haber desempeñado el cargo en dos legislaturas anteriores, y que, igualmente, los electores podrán elegir a cualquier ciudadano que desee presentarse, no como en la actualidad que quienes hayan ejercido el cargo en un número determinado de legislaturas quedan invalidados para ser elegidos.
Vale la pena precisar que la reelección sin limitaciones está reconocida por 17 de los 27 países que integran la Unión Europea, sin que haya generado polémica alguna ni sean acusados de dictadura o deterioro democrático. Basten como ejemplos el de Tage Fritiof, primer ministro de Suecia durante 23 años continuos; Helmut Kohl, canciller federal de Alemania durante 16 años seguidos o Felipe González, presidente del gobierno español durante 14 años sin interrupción.
¿Esa enmienda no acerca a Hugo Chávez al cargo vitalicio de presidente?
No existe cargo vitalicio alguno, los candidatos deberán conseguir los votos necesarios para ser elegidos, la aprobación de la enmienda dejaría a Hugo Chávez en la misma situación que a cualquier otro ciudadano, a diferencia del sistema actual que permite a cualquier venezolano presentarse al cargo de presidente en las próximas elecciones menos a Chávez.
Pero la limitación de legislaturas supone colaborar en la renovación de los cargos políticos y en que algunos de ellos no se establezcan excesivo tiempo en el poder
Esa es una afirmación discutible. Lo que no es discutible es que esa limitación lo que verdaderamente crea es una disminución de derechos del ciudadano que ya no puede votar a un determinado candidato por la única razón de que ejerció el cargo durante las dos legislaturas anteriores. Con el sistema actual, paradójicamente, el representante cuya labor haya sido reconocida y aplaudida por los electores tendrá como consecuencia que no podrá volver a ejercerlo. En cualquier caso, la última palabra es del elector que podrá votarlo o no cuando llegue el momento.
Entonces el día 15 los partidarios de Chávez votarán Sí y los opositores No
No necesariamente, no se está consultando sobre Hugo Chávez, un elector puede considerar hoy que cualquier cargo puede tener derecho a la reelección y que, igualmente, no desea que exista algún ciudadano al que no pueda votar y, en su momento, votar por Chávez o por otro candidato.
¿Existen garantías de que el referéndum se celebrará con absoluta limpieza?
Venezuela ha sido el país en el que se han desarrollado más procesos electorales en los últimos diez años, en ninguno de ellos se han producido impugnaciones con fundamento, tal y como han resuelto los numerosos observadores internacionales de todo tipo de ideología y nacionalidad que sistemáticamente fueron invitados por la autoridades y los partidos opositores.